Tribunal ordenó liberar 28 cuentas bancarias de la Cooperativa Cruz Azul

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Tribunal ordenó liberar 28 cuentas bancarias de la Cooperativa Cruz Azul (Foto: Captura de pantalla)

La batalla legal entre la Cooperativa La Cruz Azul y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) continúa. Este martes, un tribunal federal ordenó desbloquear 28 cuentas bancarias de la cementera, aunque la dependencia presentaría un documento para que las cuentas de los directivos celestes sigan congeladas durante la investigación.

El Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió una suspensión provisional que descongela las cuentas, luego de resolver un recurso de queja presentado por la empresa. Con esto, le permite a la Cooperativa, dueña del equipo Cruz Azul, disponer libremente de los recursos.

“No existe evidencia de que dicha autoridad (la UIF) contara con documentación que sustente la existencia de una solicitud expresa de realizar el bloqueo de cuentas, formulada por una autoridad extranjera u organismo internacional que cuente con atribuciones en la materia y con competencia para realizar una solicitud de tal índole acorde justamente a un tratado bilateral o multilateral”, dice el fallo dictado por unanimidad de los magistrados.

La UIF señaló que presentará un documento para mantener las cuentas congeladas de los directivos celestes (Foto: Twitter @Historia_Azul)

De estas cuentas, 18 no fueron desbloqueadas en primera instancia porque el juzgado consideró que la Cooperativa no acreditó ser la titular con documentación original. Las otras 10 son las el juzgado ya había desbloqueado de manera parcial.

Cabe señalar que antes de esta resolución, la UIF ya había descongelado cuentas de la Cooperativa para que realizara los pagos de nómina. Aparentemente, varias de ellas estarían incluidas en esta demanda.

Aun así, la juez federal Laura Gutiérrez de Velasco tiene programado el próximo lunes resolver si concede o niega la suspensión del bloqueo en forma indefinida. A lo que determinó el Tribunal que fue incorrecto que la juzgadora negara la suspensión contra el bloqueo de las primeras 18 cuentas.

El Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió una suspensión provisional que descongela las cuentas (Foto: José Méndez/ EFE)

“Y si bien no resultan suficientes para crear plena convicción sobre la existencia del original de donde fueron obtenidas, debe presumirse su existencia, salvo que haya prueba en contrario”, señala.

El tribunal aclara que esta suspensión no procederá si el congelamiento de los recursos deriva de un embargo, un crédito fiscal, un aseguramiento ministerial o una orden de la UIF basada en una solicitud internacional, como lo autoriza la Corte. Bajo este criterio, el bloqueo sólo puede imponerlo en forma excepcional por pedido o resolución de un organismo internacional, como el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, o de una obligación bilateral o multilateral.

Ante esto, de acuerdo con ESPN, la UIF aseguró que entregará un documento que compruebe que hay “cooperación internacional”, para mantener las cuentas de Guillermo Álvarez, presidente del Cruz Azul y la Cooperativa, bloqueadas.

Mensaje de Guillermo Álvarez de hace algunas semanas (Foto: Cooperativa Cruz Azul)

“Sobre este tema la UIF, entregará en tiempo y forma el documento solicitado”, informó la dependencia a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Por ello, Santiago Nieto, titular del organismo, solicitó una prórroga de tres días para presentar sus pruebas antes de la audiencia incidental que se llevará a cabo el próximo 22 de junio.

Y es que la UIF presentó una denuncia contra Guillermo Álvarez Cuevas, su hermano José Alfredo y Víctor Manuel Garcés Rojo por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada.

Ante esto, los tres ya se pronunciaron en contra de estas acusaciones, así como la misma Cooperativa. En diferentes ocasiones, cada uno argumentó que es una campaña de otros cooperativistas para “afectar” el funcionamiento de la compañía cementera.