Las renovables logran la primera suspensión contra el freno de la Sener

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El juzgado primero de distrito en materia de Competencia Económica y Telecomunicaciones dio entrada al amparo presentado por la empresa española Mexsolar XI, que construye un parque solar llamado Perote, en Veracruz, además de otorgarle la suspensión provisional contra los efectos de este acuerdo.

“Se fijan las nueve horas con treinta minutos del 22 de mayo de 2020 para que tenga verificativo la audiencia incidental… Se concede la suspensión provisional”, explica el juzgado en una breve comunicación emitida en la página del Consejo Federal de la Judicatura.

La empresa pide la protección de la justicia en contra del acuerdo emitido el 29 de abril por el gestor del sistema eléctrico y, en específico, del punto quinto de las acciones a tomar, donde se pretendía frenar las pruebas preoperacionales de las centrales solares y eólicas argumentando problemas de intermitencia y fallas en la red a causa de la crisis sanitaria, que había tumbado el consumo eléctrico.

“La omisión de no llevar a cabo la evaluación de competitividad en el Mercado de Certificados de Energías Limpias conforme al Artículo Vigésimo Transitorio del Decreto por el cual se emitió el LTE (Ley de Transición Energética); la omisión de iniciar y tramitar el procedimiento previsto en el artículo 94 de la (Ley Federal de Competencia Económica)”, señala Mexsolar XI en los conceptos de agravio presentados en la demanda de amparo.

La suspensión provisional frena de manera momentánea los efectos del instrumento, con el fin de evitar daños a la parte agraviada hasta que el juzgado no resuelva el fondo del asunto, lo que puede tardar varios meses o hasta años. El gremio de firmas solares y eólicas esperaba alguna suspensión provisional de alguna de las empresas para bloquear las consecuencias del acuerdo para todo el sector.

“Me parece que es una buena noticia y que esto lleve a las autoridades a revisar y poner sus barbas a remojar”, dice Julio Valle, vocero de la Asociación Mexicana de Energía Eólica. El representante del gremio desconoce si esto implica que el acuerdo se detenga para todas las firmas del sector.

El amparo protege a la persona o actor que los promueve, por lo que en este caso, las empresas deben ir a los tribunales a interponer el suyo para beneficiarse de la suspensión provisional, explicó una fuente legal con conocimiento de estos procesos, que habló bajo condición de anonimato.

“Por eso es importantísimo que todas las centrales de generación se amparen”, dice la fuente.

Las asociaciones solar y eólica apuntaron que el acuerdo iba dirigido a frenar su avance en el mercado en beneficio de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y que CENACE no había justificado la medida debido a la emergencia por la COVID-19.

La Secretaría de Energía (Sener), sin embargo, ha publicado una nueva política de confiabilidad para la red eléctrica el viernes pasado, un acuerdo más amplio que también busca controlar el funcionamiento y entrada de las energías renovables, y darle más poder de decisión en el mercado a la CFE.

El sector empresarial del país ha anunciado que las firmas acudirán a la defensa judicial y hasta los arbitrajes internacionales para defenderse de esta nueva política.